De conformidad al Código Penal, el que siendo dueño de una cosa mueble o actuando con el consentimiento de éste la sustraiga de quien la tenga legítimamente en su poder con perjuicio del mismo o de un tercero, si el valor de la cosa sustraída no excediera de 400 euros, se impondrá una pena de multa de:

De conformidad al Código Penal, el que siendo dueño de una cosa mueble o actuando con el consentimiento de éste la sustraiga de quien la tenga legítimamente en su poder con perjuicio del mismo o de un tercero, si el valor de la cosa sustraída no excediera de 400 euros, se impondrá una pena de multa de:

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