Reserva 4. Según el artículo 383 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, el conductor que, requerido por un agente de la autoridad, se negare a someterse a las pruebas legalmente establecidas para la comprobación de las tasas de alcoholemia y la presencia de las drogas tóxicas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas a que se refieren los artículos anteriores, será castigado con:

Reserva 4. Según el artículo 383 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, el conductor que, requerido por un agente de la autoridad, se negare a someterse a las pruebas legalmente establecidas para la comprobación de las tasas de alcoholemia y la presencia de las drogas tóxicas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas a que se refieren los artículos anteriores, será castigado con:

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