Según el art. 16.4 de la Ley 17/2017 de coordinación de policías locales, qué órganos se constituye como referencia para el estudio, diseño y planificación de los estudios académicos relacionados con la seguridad pública y colaboración con las instituciones universitarias en el establecimiento de estudios de alto nivel en esta materia:

Según el art. 16.4 de la Ley 17/2017 de coordinación de policías locales, qué órganos se constituye como referencia para el estudio, diseño y planificación de los estudios académicos relacionados con la seguridad pública y colaboración con las instituciones universitarias en el establecimiento de estudios de alto nivel en esta materia:

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