De conformidad al Código Penal, el que por imprudencia grave cause daños, en un archivo, registro, museo, biblioteca, centro docente, gabinete científico, o bienes de valor artístico, histórico, cultural, científico o monumental o en yacimientos arqueológicos, será castigado con la pena de multa de 3 a 18 meses, siempre que cause daños en cuantía:

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