Realizada la prueba de alcoholemia al conductor del turismo del supuesto práctico nº 17-2024 arroja 0,78mg/l en aire espirado, siendo denunciado al art. 20.1.5k del Reglamento General de Circulación (art. 77.c Ley Seguridad Vial), quedando esta infracción supeditada a lo que disponga la vía judicial por los mismos hechos en relación al delito del artículo 379.2 del Código Penal en virtud del:

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