Según el artículo 30.2 de la Ley de coordinación de policías locales de la Comunitat Valenciana, los cuerpos de Policía Local tienen entre sus fines cooperar con los servicios sociales y con los agentes sociales en el marco de protocolos o convenios suscritos por los ayuntamientos, especialmente en los ámbitos:

Según el artículo 30.2 de la Ley de coordinación de policías locales de la Comunitat Valenciana, los cuerpos de Policía Local tienen entre sus fines cooperar con los servicios sociales y con los agentes sociales en el marco de protocolos o convenios suscritos por los ayuntamientos, especialmente en los ámbitos:

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