Según la Orden 689/2010, de 12 de mayo, los establecimientos públicos, deberán colocar de manera permanente en el exterior, en lugar visible y en forma legible, un cartel-placa, en el que se exprese, al menos, el titular del local, el tipo de establecimiento o instalación, y el aforo del mismo, con medidas:

Según la Orden 689/2010, de 12 de mayo, los establecimientos públicos, deberán colocar de manera permanente en el exterior, en lugar visible y en forma legible, un cartel-placa, en el que se exprese, al menos, el titular del local, el tipo de establecimiento o instalación, y el aforo del mismo, con medidas:

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